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P.O.15.21

Suministro, instalación y mantenimiento de 8 nuevos escáneres y arcos de seguridad para los puertos de Palma y Alcudia.
Suministro e instalación de escáneres de rayos X para el control de equipajes, arcos detectores de metales y otro material asociado a los mismos en diversas carpas del Puerto de Palma y en la Estación Marítima de Alcudia, incluyendo los servicios de mantenimiento integral.
Importe de licitación (sin impuestos)
496.191,21 EUR
Estado Formalizado
Periodo de solicitudes
13/feb/2022 - 24/mar/2022 17:00
Órgano de contratación
Presidencia de la Autoridad Portuaria de Baleares
Tipo de Contrato Suministros
Tipo de Procedimiento
Abierto
SARA
Valor estimado sin impuestos 496.191,21 EUR
Código CPV
38581000-1 Equipo de escáner para equipajes

45233292-2

45311000-0 Trabajos de instalación de cableado y accesorios eléctricos

50610000-4 Servicios de reparación y mantenimiento de equipos de seguridad

Forma de presentación

Estructura de la oferta

  • Sobre de cláusulas administrativas
    • APBaleares: Declaración responsable
    • DEUC
    • Solvencia Económica
    • Solvencia Técnica
  • Criterios Objetivos evaluables con fórmula automát
    • Precio
    • Tiempo de reparación (en días)
    • Tiempo de respuesta en horario laboral (en minutos)

Documentos y enlaces publicados del expediente

Documento
Informe justificativo

Documento de Contratación

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ESPD request

deuc pdf

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ESPD request

deuc (xml)

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Pliego administrativo

cc + pc

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Pliego técnico

Pliego Técnico

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Documentos adicionales a publicar

Corrección de errores y ampliación de plazo

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Estudio documentación técnica

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Acta propuesta exclusión de ofertas y propuesta de adjudicación

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Documentos adicionales a publicar

Adjudicacion del contrato y contrato firmado

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Documentos adicionales a publicar

Informe CT sobre ofertas en presunción de anormalidad

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Documentos adicionales a publicar

Acta Apertura sobre A

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Documentos adicionales a publicar

Acta Apertura sobre C

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Mesas de apertura de la licitación.

P.O.15.21: Mesa de apertura de la sección C: Criterios Objetivos evaluables con fórmula automát

30 marzo 2022 10:30

Finalizada

Para poder formular preguntas debe estar previamente registrado, o bien manifestar el interés mediante la inscripción de una solicitud
Estimados Sres.: Nuevamente en relación con el exp., PO1521, agradecemos su respuesta de 8/03/22, si bien, entendemos que la misma no responde con lo solicitado, por lo siguiente: (I) Por una parte indican Uds. que no existen juicios de valor y que solo aplican los criterios de precio, tiempo de respuesta en horario laboral y tiempo de reparación, como criterios objetivos y no subjetivos, sin embargo vuelven a considerar las referencias propuestas o estética mostrada en el PPT como mínimas a cumplir y que serían las aplicables o dilucidantes en caso de haber dudas en cuanto si se cumplen o no, por parte de los licitadores, los requisitos exigidos por la Autoridad Portuaria. Las especificaciones técnicas incluidas en el Pliego son una mera transcripción literal de las especificaciones técnicas de los equipos que figuran en las fotografías incluidas de manera insólita en el citado Pliego. Estas especificaciones son solo cumplidas en su totalidad por un único ofertante y (ii) así interpretamos que, se continua orientando la adjudicación a un solo producto y a un solo licitador y por tanto quedarán excluidos los licitadores que no puedan ofertar los modelos y fotografías consignados y ahora calificados de mínimos y por tanto los licitadores que oferten productos distintos quedaran excluidos aun siendo mejores su precio, tiempo de respuesta y reparación. Por lo anterior solicitamos: 1º LA SUPRESION de toda referencia a los modelos o estética propuesta en el PPT ya que ello colisiona con los únicos tres criterios a tener en cuenta según el PCA. 2º NOS CONFIRMEN QUE LOS UNICOS CRITERIOS DE ADJUDICACION A APLICAR POR LA MESA DE CONTRATACION SON EL PRECIO y TIEMPOS de conformidad con el PCA que prevalece sobre el PPT 3º ACUERDEN LA MODIFICACION DE LA DOCUMENTACIÓN DE LA LICITACIÓN PARA EVITAR DICHA CONTRADICCIÓN Y ELLO ANTES DE QUE FINALICE EL NUEVO PLAZO DE PRESENTACION DE OFERTAS O ACUERDEN UNA PRORROGA DE DICHO PLAZO. Eduardo Lorenzo Navarro - Presidente
Enviada

21/mar/2022

Contestada

22/mar/2022

- En la respuesta al requerimiento presentado por el mismo licitador anteriormente, se indicaba que las fotografías, se exponen únicamente a modo de ejemplo, NO teniéndose que ceñir los licitantes a la referencia propuesta o estética mostrada. Por tanto, reiteramos, que es un ejemplo, no que deba ser igual (no tiene sentido establecer una estética mínima a cumplir) - En el expediente se indican unas prestaciones mínimas a cumplir, y ya se aclaró las posibles dudas referentes a las dimensiones de los huecos y sistema operativo. No detectamos que sólo un fabricante o producto pueda cumplirlas y tampoco el licitador que plantea la cuestión específica o argumenta que características o funcionalidades mínimas de las indicadas pudieran ser limitantes. - Por tanto, no consideramos que pueda haber una falta de concurrencia por exclusividad de producto o funcionalidad.
En relación con el expte. PO1521, agradecemos su nueva respuesta de 22-03-22 y seguimos, considerando como limitante el hecho de que ustedes consideren como condiciones mínimas a cumplir por los licitadores las descritas en el PPT que, precisamente son coincidentes con las funcionalidades y características que sólo presta el proveedor de los equipos cuyas fotografías se insertan de manera insólita en dicho PPT aunque sea a título de ejemplo. Las especificaciones técnicas deben ser un conjunto o compendio de las características técnicas que puedan cumplir varios licitadores y no deben establecerse como mínimas las de un solo fabricante, aunque figuren en el PPT como (deseadas) de lo cual se infiere una contradicción de dicho PPT. Además se trata de una especificación no esencial y de una más que dudosa utilidad y eficacia en este tipo de equipos. Lo que impide la concurrencia de otros licitadores es el hecho de que las características descritas en el PPT solo pueden ser cumplidas por un único proveedor y si se establecen como condiciones mínimas automáticamente se convierten en condiciones excluyentes, eliminando rotundamente al resto de los competidores. Reiteramos el SOLICITAN de nuestra alegación presentada el 21-03-22 Fdo.: Eduardo Lorenzo Navarro- Presidente
Enviada

24/mar/2022

Contestada

24/mar/2022

Tal como se ha contestado anteriormente, no detectamos que las especificaciones y funcionalidades mínimas indicadas en el PPT, con las aclaraciones efectuadas anteriormente, únicamente puedan ser cumplidas por un único fabricante. Además, insistimos que las fotografías del PPT, son un ejemplo, pero no un requerimiento mínimo estético, ni geométrico ni de cualquier otra índole derivada. Por último, el licitador sigue sin especificar qué aspecto/s técnico/s o funcional podría ser el/los limitante/s y que pudieran reducir la libre concurrencia. Por tanto, damos por contestada la pregunta.
AJUSTANDO A LOS CRITERIOS RESTRICTIVOS DEL ORGANISMO SOBRE LA PRESENTACIÓN DE ESCRITOS DE ESTA NATURALEZA Y EN RELACION CON EL EXPEDIENTE PO 15 21 Y COMO INTERESADOS EN PARTICIPAR EN LA LICITACION ENTENDEMOS QUE EL PLIEGO INCURRE EN CONTRADICCION ENTRE LO QUE SE RECOGE EL CUADRO DE CARACTERISTICAS RESPECTO A LOS UNICOS CRITERIOS DE ADJUDICACION (PRECIO Y TIEMPOS) Y LO QUE SE RECOGE EN EL DOCUMENTO RELACION DE UNIDADES AL ESTABLECER COMO CONDICION EXCLUYENTE EL HECHO DE NO REUNIR LAS CARACTERISTICAS DE LOS MODELOS Y FOTOGRAFIAS INDICADOS EN LA RELACION DE UNIDADES O PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS. LOS MODELOS Y FOTOGRAFIAS INSERTADAS EN LA RELACION DE UNIDADES SON LOS MODELOS DE UN UNICO PROVEEDOR EN EL SECTOR Y POR TANTO LOS DEMAS PROVEEDORES QUEDARAN AUTOMATICAMENTE EXCLUIDOS AL NO PODER OFERTAR ESOS CONCRETOS MODELOS CONSIGNADOS Y FOTOGRAFIADOS EN EL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS. ENTENDEMOS CON EL DEBIDO RESPETO QUE DE CONFIRMARSE LO EXPUESTO SE ESTARIA ACTUANDO EN CONTRA DE LO ESTABLECIDO EN LA LCSP POR NO REPETARSE LOS SIGUIENTES PRECEPTOS: 1º.- ARTI 1 PRINCIPIO DE NO DISCRIMINACION ENTRE LOS LICITADORES. 2º.- ART 156 PRINCIPIO DE LIBRE CONCURRENCIA (RECORDEMOS QUE SE TRATA DE UN PROCEDIMIENTO ABIERTO). 3ºART 145.5.C) OBLIGACION DE GARANTIZAR LA LIBRE COMPETENCIA. POR LO ANTERIOR LES SOLICITAMOS: 1º LA SUPRESION DE LA CONDICION EXCLUYENTE DEL PUNTO 3.4.1 EN RELACION CON EL 3.3 DEL DOCUMENTO DENOMINADO -RELACION DE UNIDADES. 2º NOS CONFIRMEN QUE LOS UNICOS CRITERIOS DE ADJUDICACION A APLICAR POR LA MESA DE CONTRATACION SON EL PRECIO, TIEMPO DE RESPUESTA Y DE REPARACIÓN. 3º Y ACUERDEN LA MODIFICACION DEL PLIEGO PARA EVITAR DICHA CONTRADICCIÓN Y ELLO ANTES DE QUE FINALICE EL PLAZO DE PRESENTACION DE OFERTAS O EN SU CASO ACUERDE UNA PRORROGA DE DICHO PLAZO. FDO. COMERCIAL DE TECNOLOGIA ELECTRONICA S.A. EDUARDO LORENZO PRESIDENTE
Enviada

04/mar/2022

Contestada

08/mar/2022

- Efectivamente, no existen juicios de valor. Todos los criterios de adjudicación son evaluados de forma automática según fórmula especificada en Cuadro de Características (CC): precio, tiempo de respuesta en horario laboral y tiempo re reparación. - Se aclara que todas características y prestaciones de los equipos se consideran mínimas a cumplir. - La referencia indicada en el PPT de los diferentes equipos, así como las fotografías, se exponen únicamente a modo de ejemplo, no teniéndose que ceñir los licitantes a la referencia propuesta o estética mostrada. Por tanto, el único objetivo de indicar dicha referencia, es para el caso que pudiera haber dudas en las características o prestaciones mínimas a cumplir y que satisfacen las necesidades de la APB. - No se detecta que se vulnere el principio general de libre concurrencia o condición excluyente de marcas o modelos. Dado que las características mínimas indicadas en el PPT pueden ser satisfecha por diversos fabricantes y proveedores. No obstante, únicamente se han detectado lo siguientes aspectos que pudieran dar lugar a dudas o mal interpretaciones y por la presente se aclaran: o En los equipos digitales de inspección de mediante rayos X, el Sistema operativo podrá ser Linux u otro que pueda ofrecer las mismas funcionalidades (Ej. Windows) o En los equipos digitales de inspección de bultos carga voluminosa, las dimensiones 900x750mm, del tamaño máximo de los bultos se considera dimensiones mínimas. Es decir, por ejemplo, serían válidas otras dimensiones tales como 1.000x850mm. El mismo criterio se aplica para las medidas de los equipos de inspección de bultos para equipaje de mano y bandejas. De igual forma, para garantizar la concurrencia de licitadores, se publicará un documento adicional informando de esta aclaración, de la corrección de un error detectado y de la ampliación de plazo de la licitación