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E25-0064

Mantenimiento y manipulación de las pasarelas móviles en el puerto de Palma
Servicios de mantenimiento y manipulación de las pasarelas móviles y rampas en el puerto de Palma.
Importe de licitación (sin impuestos)
301.109,53 EUR
Estado Publicado
Periodo de solicitudes
13/oct/2025 - 10/nov/2025 17:00
Órgano de contratación
Presidencia de la Autoridad Portuaria de Baleares
Tipo de Contrato Servicios
Tipo de Procedimiento
Abierto
SARA
Valor estimado sin impuestos 1.490.120,89 EUR
Código CPV
50246000-1 Servicios de mantenimiento de equipo portuario

Forma de presentación



Para presentar su oferta mediante la aplicación de escritorio debe instalarla previamente. Una vez instalada, debe descargar el archivo de plantilla con la información correspondiente a la licitación solicitada. Podrá realizar la presentación telemática directamente desde la aplicación.

  • Tamaño máximo por documento: 250 MB (En caso de requerirse su firma el tamaño máximo se rebaja a 20 MB)

  • Tamaño máximo de la oferta: 1 GB

  • Formatos de documento permitidos: doc, docx, xls, xlsx, ppt, pptx, rtf, sxw, abw, pdf, jpg, bmp, tiff, tif, odt, ods, odp, odi, dwg, zip

Estructura de la oferta

  • E25-0064 Sobre A
    • APBaleares: Declaración responsable
    • DEUC
    • Solvencia Económica o Financiera
    • Solvencia técnica
  • E25-0064 Sobre B
    • Propuesta metodológica
  • E25-0064 Sobre C
    • Franquicia de los materiales
    • Plazo de garantía
    • Precio
    • Tiempo de respuesta fuera del horario laboral ordinario

Documentos y enlaces publicados del expediente

Documento
Documentos adicionales a publicar

E25-0064 DEUC

Descargar

Descargar

Documentos adicionales a publicar

E25-0064 Modelo proposición económica

Descargar

Informe justificativo

E25-0064 Documento de Contratación

Descargar

Pliego administrativo

E25-0064 Pliego de Condiciones y CC

Descargar

Pliego técnico

E25-0064 Pliego de Prescripciones Técnicas

Descargar

Mesas de apertura de la licitación.

E25-0064: Sobre C

26 noviembre 2025 10:00

Pendiente

Anuncios de licitación publicados

  • Anuncio de licitacin

    Publicado el 10/10/2025 a las 07:57

Para poder formular preguntas debe estar previamente registrado, o bien manifestar el interés mediante la inscripción de una solicitud
¿Nos puede facilitar el listado de personal a subrogar? Como así lo indica en el punto 12 del Pliego Administrativo,
Enviada

14/oct/2025

Contestada

15/oct/2025

Buenos dias, el apartado 12 del Pliego administrativo, hace referencia al convenio a aplicar y dado que el Convenio Colectivo no prevé expresamente la subrogación de los trabajadores y el Pliego de Condiciones no la contempla como obligación contractual, no procede aplicar la subrogación del personal en este expediente conforme a lo especificado en el Pliego de Prescripciones Técnicas E25-0064, página 20, apartado "Medios personales" y demás secciones relacionadas con el personal. Saludos.
- Según el PCAP en su punto 12. Subrogación de personal, se indica que los trabajadores actuales del contrato están adscritos al convenio del metal de las Islas Baleares. En dicho convenio en su artículo 47. Subrogación, establece que el personal regido por este convenio es susceptible a subrogación, pero no se indica en la documentación del expediente listado de subrogación alguno. ¿Podrían indicarnos el personal a subrogar según los trabajadores que actualmente están prestando el servicio al igual que se ha hecho en otros expedientes similares de la Autoridad Portuaria de Baleares?
Enviada

22/oct/2025

Contestada

23/oct/2025

Buenos días, el PCAP contiene una referencia general al convenio, pero no establece una obligación expresa de subrogación del personal en este contrato específico. Según el artículo 47 del Convenio Colectivo del Metal de las Islas Baleares (BOIB, 2025), la subrogación del personal es obligatoria únicamente cuando la prestación del servicio se realiza en virtud de una CONCESIÓN administrativa. Dado que esta licitación corresponde a un contrato de servicios y no a una concesión administrativa, la obligación de subrogar al personal no es aplicable en este caso y no está contemplado. En consecuencia, no existe obligación legal ni convencional de subrogar al personal que presta actualmente el servicio. Saludos.