Código SIA
2892979
Objeto
Este es un procedimiento de pruebas, no sirve para realizar tramitaciones reales
Destinatarios
Usuario de pruebas
Plazo máximo de resolución
No aplica
Órgano competente
Desarrollo Tecnológico e Innovación
Forma de iniciación
Instancia de parte o de oficio
Silencio administrativo
No es de aplicación
Fin de la vía administrativa
No
Tasa
No
Normativa
Trámites
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Trámite de prueba APB.TESTS.TEST-FIRMA
Iniciar trámite
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Requisitos
-
No aplica
-
Plazo máximo
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No aplica
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Forma de presentación
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De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Iniciar trámite» que se encuentra en la parte superior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Permanente.
- De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Autoridad Portuaria de Baleares, de la Administración General del Estado, de la Administración Autonómica, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de las oficinas de registro de la Autoridad Portuaria de Baleares.
Y por cualquiera de las otras vías previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
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Órgano competente para la tramitación
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Desenvolupament Tecnològic i Innovació
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Trámite de prueba APB.TR_PLANTILLA.TRAMIT_PLANTILLA_APB_SR
Iniciar trámite
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Requisitos
-
No aplica
-
Plazo máximo
-
No aplica
-
Forma de presentación
-
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Iniciar trámite» que se encuentra en la parte superior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Permanente.
- De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Autoridad Portuaria de Baleares, de la Administración General del Estado, de la Administración Autonómica, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de las oficinas de registro de la Autoridad Portuaria de Baleares.
Y por cualquiera de las otras vías previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
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Órgano competente para la tramitación
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Autoritat Portuària de Balears
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Tràmit de prova APB.SECRETARIA.ALEGACION_SANCION
Iniciar trámite
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Requisitos
-
No aplica
-
Plazo máximo
-
No aplica
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Forma de presentación
-
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Iniciar trámite» que se encuentra en la parte superior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Permanente.
- De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Autoridad Portuaria de Baleares, de la Administración General del Estado, de la Administración Autonómica, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de las oficinas de registro de la Autoridad Portuaria de Baleares.
Y por cualquiera de las otras vías previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
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Órgano competente para la tramitación
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Desenvolupament Tecnològic i Innovació
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Subsanación de solicitud [NO UTILITAR]
Iniciar trámite
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Requisitos
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Según normativa
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Plazo máximo
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Según normativa
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Forma de presentación
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De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Iniciar trámite» que se encuentra en la parte superior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Permanente.
- De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Autoridad Portuaria de Baleares, de la Administración General del Estado, de la Administración Autonómica, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de las oficinas de registro de la Autoridad Portuaria de Baleares.
Y por cualquiera de las otras vías previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
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Órgano competente para la tramitación
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Autoritat Portuària de Balears
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Pago de sanciones [NO UTILIZAR]
Iniciar trámite
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Requisitos
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Según normativa aplicable
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Documentación a presentar
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Según normativa aplicable
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Plazo máximo
-
Según normativa aplicable
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Forma de presentación
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De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Iniciar trámite» que se encuentra en la parte superior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Permanente.
- De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Autoridad Portuaria de Baleares, de la Administración General del Estado, de la Administración Autonómica, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de las oficinas de registro de la Autoridad Portuaria de Baleares.
Y por cualquiera de las otras vías previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
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Órgano competente para la tramitación
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Autoritat Portuària de Balears
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Presentación de alegaciones [NO UTILITZAR]
Iniciar trámite
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Requisitos
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Según normativa aplicable
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Plazo máximo
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Segons normativa aplicable
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Forma de presentación
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De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Iniciar trámite» que se encuentra en la parte superior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Permanente.
- De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Autoridad Portuaria de Baleares, de la Administración General del Estado, de la Administración Autonómica, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de las oficinas de registro de la Autoridad Portuaria de Baleares.
Y por cualquiera de las otras vías previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
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Órgano competente para la tramitación
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Autoritat Portuària de Balears
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Al·legacions al tràmit d'audiència [NO UTILITZAR]
Iniciar trámite
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Requisitos
-
Segons normativa aplicable
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Plazo máximo
-
Segons normativa aplicable
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Forma de presentación
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De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Iniciar trámite» que se encuentra en la parte superior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Permanente.
- De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Autoridad Portuaria de Baleares, de la Administración General del Estado, de la Administración Autonómica, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de las oficinas de registro de la Autoridad Portuaria de Baleares.
Y por cualquiera de las otras vías previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
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Órgano competente para la tramitación
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Autoritat Portuària de Balears
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Aportació de documentació [NO UTILITZAR]
Iniciar trámite
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Requisitos
-
Segons normativa aplicable
-
Plazo máximo
-
Segons normativa aplicable
-
Forma de presentación
-
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Iniciar trámite» que se encuentra en la parte superior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Permanente.
- De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Autoridad Portuaria de Baleares, de la Administración General del Estado, de la Administración Autonómica, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de las oficinas de registro de la Autoridad Portuaria de Baleares.
Y por cualquiera de las otras vías previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
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Órgano competente para la tramitación
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Autoritat Portuària de Balears
Información sobre protección de datos
De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 y la legislación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite.
Para más información puede consultar la Política de Privacidad y Protección de Datos de Carácter Personal de la APB.
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Responsable del tratamiento
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Desarrollo Tecnológico e Innovación
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Finalidad
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En la APB recopilamos y tratamos sus datos personales para proporcionarle los servicios públicos y trámites administrativos que nos compete como Autoridad Portuaria y en cumplimiento de las diferentes obligaciones legales en nuestro ejercicio.
La finalidad concreta se encuentra en cada actividad de tratamiento recogida en el Registro de Actividades de Tratamiento.
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Legitimación
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Como organismo público, la APB tratará sus datos personales en el ejercicio de competencias públicas y en pro del interés público o en el cumplimiento de obligaciones legales aplicables a la Autoridad Portuaria.
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Destinatario
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La APB sólo podrá comunicar sus datos cuando sea necesario para el cumplimiento de sus obligaciones legales o cuando una Ley le confiera la competencia para hacerlo.
Fuera de estos supuestos, la APB requerirá su consentimiento, que tendrá que ser prestado para la cesión de sus datos personales a otro organismo o empresa.
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Derechos
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Podrá ejercer sus derechos que, como interesado, el RGPD le confiere. En concreto: oposición, rectificación, supresión, portabilidad y limitación.
Para facilitar su ejercicio, ponemos a su disposición el siguiente formulario de ejercicio de derechos.
Podrá ejercer estos derechos ante la APB mediante las siguientes vías:
- Sede electrónica
- Escrito en la dirección Moll Vell, 3-5 07012 Palma o
- Mediante correo electrónico a la dirección gdpr-dpo@portsdebalears.com.
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Información adicional
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