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Anuncio por la cual se hace público el acuerdo de otorgamiento a TRANSPULVE 2009, S.L. de concesión demanial administrativa para la gestión de un centro de almacenamiento y distribución en el Puerto de Alcúdia (1109-CP/G).

02-nov-2017

En sesión del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares celebrada el 20 de septiembre de 2017, fue adoptado el acuerdo de otorgar a la entidad TRANSPULVE 2009, S.L. la concesión demanial administrativa para la gestión de un centro de almacenamiento y distribución de cemento en el Muelle de Ribera del Puerto de Alcudia (Referencia 1109-CP/G).

Objeto de la concesión: Centro de carga, descarga, almacenaje y distribución de cemento.

Superficie: 2.154.-m² de los cuales 1.976.-m² son en tierra, 162.-m²subterráneos y 16.-m² que corresponden a una arqueta de descarga.

Lugar: Muelle de Ribera en el Puerto de Alcudia.

Plazo: Dieciocho (18) años.

Tasas: - Ocupación: 50.938,16.-€/año.                                                                                                                                                        - Actividad: 0,9.-€/tn .Rendimiento mínimo de 65.000.-Tn los cuatro (4) primeros años y 90.000.-Tn el resto.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,con carácter potestativo, Recurso de Reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo para interponerlo es de un (1) mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, no pudiendo, en este caso, interponer Recurso Contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto el de Reposición.

De no utilizar el Recurso potestativo de Reposición, cabe interponer directamente Recurso Contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en el artículo anteriormente citado, y en los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1998,de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación. Ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se estime pertinente.